SUNAFIL intensifica fiscalización del Seguro Vida Ley en 2026

Entre enero y mayo de 2026, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) impuso más de S/ 2 millones en multas a empresas que incumplieron con la contratación del Seguro Vida Ley. La cifra evidencia el fortalecimiento de las acciones de fiscalización y la importancia de que las organizaciones revisen el cumplimiento de esta obligación legal.

Un dato que merece especial atención es que, durante ese período, SUNAFIL concluyó 241 órdenes de inspección relacionadas con el Seguro Vida Ley, de las cuales 110 correspondieron a operativos programados por la propia SUNAFIL. Esto demuestra que la autoridad no solo actúa frente a denuncias de trabajadores, sino que realiza inspecciones preventivas para verificar el cumplimiento de la normativa laboral. Las acciones se concentraron principalmente en empresas de Lima Metropolitana, Arequipa y Ayacucho.

Los sectores más fiscalizados

De acuerdo con la información difundida por SUNAFIL, los sectores con mayor incidencia de incumplimientos fueron:

  • Construcción.
  • Comercio.
  • Servicios inmobiliarios y empresariales.

No obstante, la obligación de contratar el Seguro Vida Ley aplica a todo empleador que tenga trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada, sin importar el sector económico al que pertenezcan.

Un error frecuente que puede generar importantes contingencias

Uno de los incumplimientos más comunes es creer que el Seguro Vida Ley debe contratarse únicamente después de cierto tiempo de permanencia del trabajador, o solo para contratos de duración indeterminada.

La normativa vigente establece que todo trabajador sujeto al régimen laboral de la actividad privada debe estar asegurado desde el primer día de la relación laboral, independientemente de si su contrato es a plazo indeterminado, sujeto a modalidad o a tiempo parcial.

El incumplimiento no solo puede derivar en multas impuestas por la autoridad laboral. En caso de muerte natural, muerte accidental o invalidez total y permanente por accidente, el empleador podría asumir directamente las indemnizaciones que el seguro debió cubrir, además de afrontar contingencias legales y económicas adicionales.

Cumplir también es gestionar riesgos

El Seguro Vida Ley no debe entenderse únicamente como una obligación legal. También constituye una herramienta para proteger tanto a los trabajadores como a la empresa frente a eventos inesperados.

Mantener actualizada la póliza, incorporar oportunamente a los nuevos trabajadores y realizar revisiones periódicas de las coberturas son medidas que contribuyen a reducir riesgos y afrontar con tranquilidad una eventual fiscalización.

El acompañamiento de PRADO Insurance

En PRADO Insurance asesoramos a empresas de diversos sectores, especialmente minería, construcción y agroindustria, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con el Seguro Vida Ley.

Nuestro equipo acompaña a las organizaciones en la revisión de sus pólizas, la incorporación oportuna de trabajadores y la gestión integral de este seguro obligatorio, ayudando a prevenir contingencias antes de una fiscalización.

Una revisión preventiva hoy puede evitar multas, contingencias legales y costos significativamente mayores en el futuro.

Base legal

La obligación de contratar el Seguro Vida Ley se sustenta en la siguiente normativa:

  • Decreto Legislativo N.° 688.
  • Ley N.° 29549.
  • Decreto de Urgencia N.° 044-2019.
  • Decreto Supremo N.° 009-2020-TR.

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