Es crucial conocer las exclusiones del seguro CAR para una protección completa durante la obra de construcción. Estar informado sobre lo que no cubre es fundamental para mitigar riesgos.
CAR
Exclusiones
Exclusiones del Seguro CAR
El presente material es un ejemplo de Condicionado General y solo es informativo, por lo que no tiene validez legal.
EXCLUSIONES
LA COMPAÑÍA no será responsable, cualquiera sea la causa, por pérdidas o daños a, o a consecuencia de:
1. Embarcaciones y cualquier otro equipo flotante, vehículos automotores autorizados para transitar en vías públicas, aeronaves, así como a bienes de propiedad de obreros o empleados del ASEGURADO.
2. Dinero, valores, planos o documentos.
3. Dolo o negligencia grave del ASEGURADO o de sus representantes o responsables de la dirección técnica de la construcción.
4. Actividades u operaciones de guerra declarada o no, hostilidades, invasión de enemigo extranjero, guerra intestina, revolución, rebelión, insurrección, asonadas, ley marcial, conmoción civil, motines,conspiraciones, poder militar o usurpado, confiscación, requisición o destrucción de bienes por orden de cualquier autoridad, huelgas, disturbios políticos y actos malintencionados de personas o grupos de personas que actúen por orden de o en conexión con organizaciones políticas; sabotaje o terrorismo.
5. Reacciones nucleares; radiación nuclear y contaminación radioactiva.
6. Lucro cesante, demora o paralización del trabajo sea temporal o parcial.
7. Desgaste, deterioro, corrosiones, herrumbres o incrustaciones,raspaduras de superficies, a menos que sean consecuencia de daños sufridos por los bienes asegurados cubiertos por la Póliza; oxidación o deterioro debido a la falta de uso y a condiciones atmosféricas normales.
8. Daños sufridos durante el transporte de los bienes al sitio de la construcción, aún cuando tales daños sean advertidos posteriormente.
9. Pérdida o daño debido a cálculo o diseño erróneo.
10. Costo de reemplazo, reparación, rectificación de materiales y/o mano de obra defectuosa, pero esta exclusión está limitada a los bienes directa o indirectamente afectados y, por consiguiente, LA COMPAÑÍA sí responderá por pérdidas o daño material a otros bienes construidos resultante de un accidente causado por tales bienes defectuosos directa o inmediatamente afectados.
11. Penalidades o sanciones impuestas al ASEGURADO por incumplimiento de los contratos de construcción de los bienes asegurados, así como por deficiencias o defectos de estética.
12. Faltantes que se descubran al efectuar inventario físico o revisión de control, así como cualquier delito contra el patrimonio; salvo el robo o tentativa de robo mediante la violencia o amenaza de violencia sobre las personas o con violencia efectiva sobre las cosas cometido en forma tal que los hechos puedan ser acreditados a través de huellas visibles y otras pruebas indubitables concurrentes.
13. Daños o defectos de los bienes asegurados, existentes al iniciarse los trabajos de construcción.
14. Los gastos de una reparación provisional como tampoco los daños ocasionados por ésta a los bienes asegurados o a otros bienes que sean o no objeto de la reparación provisional efectuada.
EL ASEGURADO tendrá la obligación de notificar a LA COMPAÑÍA cualquier reparación provisional, indicando todos los detalles. Si, a criterio de LA COMPAÑÍA, cualquier reparación provisional representa una variación del estado de riesgo, ella estará facultada para suspender los efectos del seguro respecto de la unidad afectada o en su totalidad.
15. Gastos Extraordinarios por horas extraordinarias de trabajo, trabajo nocturno, trabajo en días feriados, flete expreso y aéreo.
16. Falla o daño mecánico y/o eléctrico interno del equipo y maquinaria.
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