Exclusiones del Seguro de Responsabilidad Civil para Arquitectos e Ingenieros

El presente material es un ejemplo de Condicionado General y solo es informativo, por lo que no tiene validez legal.

EXCLUSIONES

Esta Póliza no indemnizará al ASEGURADO por:
1.- ASEGURADO VS ASEGURADO
Cualquier Reclamación realizada por un ASEGURADO contra otro ASEGURADO, o cualquier síndico de bancarrota o de insolvencia, receptor, examinador, liquidador o funcionario similar que actúe en nombre o en derecho de cualquier ASEGURADO en cualquier aspecto ya sea en colusión o no.
2.- ASBESTOS
Cualquier responsabilidad directa o indirectamente causada o supuestamente causada por, o contribuida en su totalidad o en parte por la existencia de, o exposición a, asbestos y/o cualquier material que contenga asbestos (en cualquier forma o cantidad).
3.- RESPONSABILIDAD CIVIL PATRONAL
Cualquier Reclamación por cualquier daño personal, enfermedad, dolencia, choque nervioso, enfermedad mental o muerte por cualquier causa real o presunta de cualquier empleado del ASEGURADO.
Queda también excluida de esta Póliza cualquier cualquier enfermedad contagiosa. Para estos propósitos, enfermedad contagiosa comprende coronavirus y cualquier cepa de coronavirus o sus secuelas, y/o neumonía atípica o cualquier cepa de la misma.
4.- ESTIMACION DE COSTES CONSTRUCCION
Cualquier responsabilidad derivada de, o como consecuencia de, estimaciones financieras de costes de construcción, así como Reclamaciones derivadas de no alcanzar o conseguir las estimaciones, beneficios o retorno de capital pretendidos.
5.- RECLAMACIONES DESHONESTAS Y FRAUDULENTAS
Cualquier Reclamación realizada contra el ASEGURADO como resultado directo o indirecto de cualquier acto intencionado, deshonesto, malicioso, criminal o ilegal, por parte del ASEGURADO o de sus empleados, incluido cualquier acto doloso o de culpa grave
6.- DAÑOS PERSONALES / DAÑOS MATERIALES
a) Cualquier responsabilidad por daños personales sufridos o incurridos por cualquier persona; y/o
b) Cualquier pérdida o daño material
A no ser que se deriven de un resultado directo de los Servicios Profesionales realizados o que estén siendo realizados, emprendidos o proporcionados por parte de o en nombre del ASEGURADO.
7.- RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL / GARANTÍAS / EFICIENCIA
Cualquier Reclamación resultante de cualquier responsabilidad contractual o responsabilidad asumida por el ASEGURADO, ya sea de manera oral o escrita, a no ser que dicha responsabilidad hubiera correspondido al ASEGURADO en ausencia de dicho acuerdo.
Queda también excluida de esta Póliza cualquier responsabilidad asumida por el ASEGURADO bajo cualquier promesa o garantía, salvo que el ASEGURADO hubiera de cualquier forma sido legalmente responsable en ausencia de dicha promesa o garantía.
Finalmente, esta Póliza no dará cobertura por ninguna Reclamación derivada de cualquier pérdida financiera resultante de la pérdida de uso, pérdida de beneficio o falta de cumplimiento en relación con la calidad y cantidad de productos o la productividad o eficacia de cualquier planta o equipo.
8.- HECHOS CONOCIDOS
Cualquier Reclamación realizada contra el ASEGURADO anterior al comienzo del Periodo de Vigencia o directa o indirectamente derivada de o atribuible a:
a) cualquier hecho o circunstancia de la cual el ASEGURADO fuera consciente o razonablemente debiera haber sido consciente, anterior al comienzo del Periodo de Vigencia, y de la cual pudiera derivarse una Reclamación contra el ASEGURADO;
b) cualquier hecho o circunstancia comunicada a una ASEGURADORA bajo cualquier póliza en vigor antes del comienzo del Periodo de Vigencia; o
c) cualquier hecho revelado a cualquier ASEGURADORA en cualquier solicitud de seguro anterior al comienzo del Periodo de Vigencia.
9.- RIESGOS NUCLEARES
Cualquier Reclamación por una lesión, enfermedad, dolencia o muerte, así como cualquier Reclamación basada en una pérdida, destrucción o daño a cualquier propiedad o cualquier pérdida o gasto resultante o derivada de, así como cualquier daño consecuencial o responsabilidad legal de cualquier naturaleza, directa o indirectamente causada o contribuida por, o derivada de:
a) radiación ionizante o contaminación por radioactividad de cualquier combustible nuclear o desecho nuclear producido por cualquier combustión nuclear;
b) las propiedades radioactivas, tóxicas, explosivas u otras propiedades peligrosas de cualquier artefacto explosivo nuclear o cualquier componente nuclear.
10.- CAMPOS ELECTROMAGNÉTICOS
Cualquier responsabilidad de cualquier naturaleza directa o indirectamente causada por, en conexión con, contribuida por, o derivada de campos electromagnéticos (EMF) o interferencias electromagnéticas (EMI).
11.- POLUCIÓN Y CONTAMINACIÓN
Cualquier Reclamación:
a) directa o indirectamente causada por filtración, polución o contaminación, pero esta exclusión no aplica a la responsabilidad cuya filtración, polución o contaminación sea causada por un hecho accidental, repentino y no intencionado como consecuencia directa de un acto, error u omisión negligente en relación con los Servicios Profesionales prestados por el ASEGURADO.
b) derivada de los costes de eliminación, anulación o limpieza de sustancias filtradas o contaminadas, salvo que la filtración, polución o contaminación sea causada por un hecho accidental, repentino y no intencionado como consecuencia directa de un acto, error u omisión negligente en relación con los Servicios Profesionales prestados por el ASEGURADO.
c) derivada de daños punitivos o ejemplarizantes.
Esta cláusula no otorgará más cobertura a esta Póliza que la que hubiera tenido esta Póliza si no se hubiera adjuntado esta cláusula.
12.- RIESGOS DE GUERRA Y TERRORISMO
Cualquier pérdida o daño ocasionado por, a través, o como consecuencia, directa o indirecta, de cualquiera de los hechos siguientes:
a) Guerra, invasión, actos de enemigos extranjeros, hostilidades, operaciones de Guerra (tanto si la guerra es declarada como si no), y/o guerra civil.
b) Motín, conmoción civil alcanzando las proporciones de o resultando en un levantamiento popular, levantamiento militar, insurrección, rebelión, revolución o usurpación de poder.
c) Actos de “Terrorismo” cometidos por una persona o personas actuando de parte de, o en conexión con cualquier organización. Si LA ASEGURADORA alega que por cualquier razón la cobertura bajo la póliza está excluida debido a esta cláusula, la carga de la prueba respecto a lo contrario recaerá sobre el ASEGURADO.
13.- CLÁUSULA DE SANCIONES
LA ASEGURADORA no proveerá cobertura ni estará obligado a pagar ninguna Reclamación o beneficio en virtud de este contrato en la medida en que la provisión de dicha cobertura, o el pago de dicha Reclamación o beneficio pudiera exponer a LA ASEGURADORA a alguna sanción, prohibición o restricción conforme a la normativa peruana.
14.- OTROS SEGUROS
Cualquier cantidad por la cual el ASEGURADO sea indemnizado o pagado o por la cual el ASEGURADO hubiera sido indemnizado o pagado, sin la existencia de esta Póliza, por cualquier póliza de “Todo Riesgo Construcción”, “Responsabilidad Civil General”, “Cobertura ALOP” en vigor en relación con el Proyecto ASEGURADO.
15.- PROPIEDAD Y VEHÍCULOS
Cualquier Reclamación derivada de la propiedad, alquiler, arrendamiento, operación, mantenimiento, uso o reparación de cualquier bien mueble o inmueble, incluyendo los daños materiales a los bienes poseídos, ocupados, alquilados o arrendados por el ASEGURADO.
16.- ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA Y/O CANADÁ
a) cualquier Reclamación directa o indirectamente derivada de, o en conexión con la actividad del ASEGURADO dentro de cualquiera de los límites territoriales de Estados Unidos de América o Canadá, sus territorios o protectorados;
b) cualquier procedimiento legal que sea llevado ante cualquier corte o tribunal bajo la jurisdicción de los Estados Unidos de América o Canadá, sus territorios o protectorados;
c) la ejecución de cualquier juicio, orden o fallo en o en conexión con cualquier procedimiento llevado ante cualquier corte o tribunal bajo la jurisdicción de los Estados Unidos de América o Canadá, sus territorios o protectorados;
d) cualquier Reclamación llevada a cabo mediante arbitraje, mediación, determinación de un experto o cualquier otro procedimiento de resolución alternativa de disputas que tengan lugar bajo la jurisdicción de los Estados Unidos de América o Canadá, sus territorios o protectorados, o para la recuperación de cualquier coste incurrido en conexión con dicho procedimiento.
17.- MANO DE OBRA
Cualquier responsabilidad derivada de una mano de obra defectuosa, materiales defectuosos, operaciones manuales o cualquier técnica de producción defectuosa utilizada en la fabricación de cualquier producto, salvo que derive directamente de la prestación de los Servicios Profesionales llevados a cabo por el ASEGURADO.
18.- AERONAVES & EMBARCACIONES / RIESGOS DE USO Y CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS A MOTOR
Cualquier Reclamación derivada de la propiedad, mantenimiento, operación o uso, incluyendo carga y descarga, por o de parte del ASEGURADO, o bajo la dirección del ASEGURADO, de cualquier embarcación, automóvil, vehículos a motor, aeronaves o partes móviles de cualquier tipo. Queda también excluida cualquier Reclamación derivada de cualquier paralización del tráfico aéreo y cualquier responsabilidad derivada de la navegación marítima (incluyendo paralización del tráfico marítimo)
19.- DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL
Cualquier vulneración de patentes, derechos de autor, nombre comercial, marca registrada o diseño registrado o de asignación de licencias.
20.- FECHA DE RETROACTIVIDAD
Cualquier acto, error u omisión cometido o supuestamente cometido anterior a la Fecha de Retroactividad especificada en las Condiciones Particulares.
21.- AUTORIZACIONES
Cualquier acusación, investigación, audiencia, comisión u otra investigación en relación con el fallo del ASEGURADO para estar adecuadamente autorizado, registrado o acreditado para proveer Servicios Profesionales según requiera cualquier ley, regla, normativa o práctica de actuación.
22.- ESTÁNDARES TÉCNICOS / DISEÑOS EXPERIMENTALES
Cualquier pérdida causada por la aplicación, utilización o selección de planificación o métodos de cálculo, cuya aplicación no haya sido adecuadamente probada de acuerdo a normas y estándares científicos y tecnológicos reconocidos
23.- RIESGOS OFF-SHORE
Cualquier Reclamación derivada de la provisión de los Servicios Profesionales respecto a proyectos o trabajos fuera de la costa o subacuáticos.
24.- RETRASOS
Cualquier Reclamación derivada de la imposibilidad de realizar los Servicios Profesionales a tiempo, completar cualquier proyecto a tiempo o cualquier Reclamación derivada de cualquier otro retraso.
25.- PÉRDIDA DE DOCUMENTOS
Cualquier Reclamación derivada de cualquier pérdida, daño o destrucción de documentos los cuales sean propiedad de o hayan sido confiados al ASEGURADO.
26.- RIESGO CIBERNÉTICO
A pesar de cualquier disposición en contrario dentro de esta Póliza o cualquier endoso a la misma, esta Póliza excluye cualquier Pérdida Cibernética.
Si LA ASEGURADORA alega que, en razón de esta exclusión, cualquier Pérdida Cibernética sufrida por el ASEGURADO no está cubierta por esta Póliza, la carga de probar lo contrario recaerá sobre el ASEGURADO.
Para evitar dudas, los datos, los programas y el software no se considerarán propiedad (tangible) y no estarán cubiertos por esta Póliza.
27.- MATERIALES Y/O PRODUCTOS
Cualquier daño y costo que sean originados en, basados en, o atribuibles directa o indirectamente a la selección y aprovisionamiento de materiales y/o productos incluyendo, pero no limitado a la acción de encontrar, adquirir, comprar, rentar o recomendar bienes o servicios de una fuente externa o manufacturado por el mismo ASEGURADO; y/o, al diseño, fabricación, venta o distribución de cualquier producto desarrollado por el ASEGURADO, o por otros bajo licencia o nombre comercial del ASEGURADO para ser distribuido o vendido en masa.
Esta exclusión también se aplica a cualquier Reclamación por parte del ASEGURADO por daños y perjuicios derivados de la retirada de su producto por cualquier motivo, así como los costos derivados del retiro de un producto para evitar fallas adicionales del mismo. Así como a cualquier Reclamación atribuible a la utilización de materiales de calidad y/o especificación inferior a los normalmente utilizados por los arquitectos y/o ingenieros.
28.- CORRUPCIÓN
LA ASEGURADORA no se responsabilizará por las pérdidas relacionadas con cualquier Reclamación hecha contra cualquier administrador derivado de, basada en, atribuible a o bajo la afirmación de:
a. Pagos, concesiones y/o recibos de comisiones, donaciones, beneficios u otros favores y/o ventajas para, en beneficio de, o por cualquier agente o representante o empleado del tomador o de la administración pública, directa o indirecta, o de las fuerzas armadas, nacionales o extranjeras, o cualesquiera miembros de sus familias o cualquier entidad a la que estén afiliados, incluyendo, pero no limitándose a los crímenes y responsabilidades definidos en la Ley Anticorrupción Americana (FCPA), Uk Bribery Act, en la Ley anticorrupción peruana o de cualquier legislación similar tal vez existente; o
b. Pagos, concesiones y/o recibos de comisiones, donaciones, beneficios u otros favores y/o ventajas para, en beneficio de, o por cualquier consejero, directores, agentes, socios, representantes, accionistas, propietarios, empleados, o los afiliados de cualquier cliente o proveedor del tomador, o sus miembros de familia o cualquier entidad con la que se asocian, incluyendo, pero no limitándose a los delitos y responsabilidades definidos en la Ley Anticorrupción Americana (FCPA), Uk Bribery Act, en la ley anticorrupción peruana o de cualquier otra legislación similar existente; o
c. Donaciones políticas, ya sean en Perú o en el extranjero.
29.- INSOLVENCIA
LA ASEGURADORA no será responsable por ninguna pérdida o siniestro relacionada directa o indirectamente, basada en, o resultante de, cualquier Reclamación:
a. Contra cualquier ASEGURADO, en virtud de que el tomador y/o cualquiera de sus controladas o subsidiarias directas o indirectas y/o entidad(s) externa(s) estén o hayan entrado en estado de quiebra, insolvencia, disolución, liquidación, recuperación y/o la intervención judicial.
b. Contra los ASEGURADOS por cuanto el tomador y/o cualquiera de sus controladas o subsidiarias directas o indirectas y/o entidad (s) externa (s) estén bajo régimen de intervención, recuperación, liquidación judicial o extrajudicial, o si se decreta la quiebra o la insolvencia de tales entidades.
c. Por el incumplimiento de obligaciones contractuales asumidas por el tomador y/o cualquiera de sus controladas o subsidiarias directas o indirectas y/o entidad(s) externa (s), si éstas recaen sobre los ASEGURADOS como consecuencia del estado de quiebra, insolvencia, disolución, liquidación, recuperación y / o intervención judicial o extrajudicial del tomador y/o cualquiera de sus controladas o subsidiarias.
d. Que haya causado o llevado al tomador y/o a cualquiera de sus controladas o subsidiarias directas o indirectas y/o entidad (s) externa (s) a la quiebra, insolvencia, disolución, liquidación, recuperación y/o intervención judicial o extrajudicial.
30.- MULTAS Y SANCIONES
LA ASEGURADORA no será responsable por cualquier Reclamación originada en, basada en, o atribuible directa o indirectamente a la comisión de:
a. Cualquier incumplimiento intencional, consciente, deliberado de cualquier ley, regulación, ordenanza, queja administrativa, notificación de infracción, carta de aviso, orden ejecutiva o instrucción de cualquier organismo gubernamental.
b. Multas o sanciones pecuniarias o administrativas de cualquier naturaleza o daños múltiples, daños ejemplarizantes, daños punitivos, daños no compensatorios o daños agravados.
31.- PRACTICAS LABORALES INCORRECTAS
EL ASEGURADOR no será responsable por cualquier Reclamación originada en, basada en, o atribuible, directa o indirectamente, a:
a. Cualquier Reclamación originada, basada en, o atribuible, directa o indirectamente, a discriminación ilegal de cualquier tipo que fuere y cometida frente a clientes y terceros.
b. Cualquier Reclamación originada, basada en, o atribuible, directa o indirectamente, a humillación o acoso, proveniente de, o relacionada con tal tipo de discriminación.
c. Cualquier Reclamación originada en, basada en, o atribuible, directa o indirectamente, a actos del ASEGURADO en su carácter de funcionario o servidor público según lo define la legislación peruana y/o en ejercicio de cualquier cargo de carácter público.
d. Cualquier Reclamación originada en, basada en, o atribuible, directa o indirectamente, a los daños o perdidas sufrida por bienes inmuebles que se encuentren bajo uso, propiedad, arrendamiento, tenencia, ocupación, leasing, por parte del ASEGURADO, en el ejercicio de sus servicios profesionales.

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