Cuándo incluir TREC en un seguro vehicular para flotas
Análisis jurídico y criterios técnicos para una correcta gestión del riesgo
La contratación de un seguro vehicular para flotas empresariales no puede limitarse a una evaluación meramente económica basada en la prima.
Desde una perspectiva jurídica y de gestión de riesgos, resulta imprescindible examinar de manera integral el alcance de las coberturas otorgadas, los deducibles pactados y las condiciones bajo las cuales opera la transferencia del riesgo, en tanto dichos elementos determinan la eficacia real del contrato de seguro.
En este contexto, atendiendo al uso efectivo del vehículo, a la naturaleza de la carga transportada, a las rutas empleadas y a la actividad económica desarrollada por el tomador, resulta jurídicamente relevante evaluar la inclusión de la cobertura TREC en la póliza de seguro vehicular de la flota, a fin de amparar los vehículos cuando estos circulen en zonas de obra, así como durante las operaciones de carga y descarga.
En tal sentido, determinar cuándo corresponde incorporar la cobertura TREC no constituye una decisión discrecional, sino una definición que debe sustentarse en criterios jurídicos, contractuales y operativos debidamente ponderados, mediante una evaluación conjunta de las coberturas contratadas, los deducibles aplicables y la realidad operativa de la flota, conforme a los principios que rigen el contrato de seguro y al marco normativo vigente.
» Desde una perspectiva jurídica y de gestión de riesgos, las coberturas, los deducibles y la adecuada transferencia del riesgo determinan la eficacia real del contrato de seguro. «
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Marco legal aplicable: principio de indemnización
Uno de los principios del contrato de seguro, recogido en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N.° 29946 – Ley del Contrato de Seguro, es el principio de indemnización. Conforme a dicho principio, el seguro no tiene por finalidad generar un beneficio económico para el asegurado, sino resarcir el daño sufrido, restituyendo el patrimonio afectado al estado en que se encontraba inmediatamente antes de la ocurrencia del siniestro.
En virtud de este principio, la obligación del asegurador se limita a indemnizar la pérdida efectivamente producida, sin que la reparación o el pago de la indemnización pueda constituir una fuente de lucro para el asegurado. El contrato de seguro, por tanto, no persigue el enriquecimiento, sino evitar un menoscabo patrimonial, siendo esta la expectativa legítima del asegurado al contratar la cobertura.
Desde esta perspectiva, la adecuada contratación de un seguro vehicular para flotas no debe centrarse exclusivamente en la obtención de primas más bajas, lo cual es importante, sino en la correcta estructuración de las coberturas y deducibles, de modo que estos se correspondan razonablemente con el riesgo asumido. Hablar de “coberturas correctas” implica necesariamente un análisis previo y riguroso de las actividades desarrolladas por la empresa, a fin de que la póliza refleje fielmente la realidad operativa del riesgo asegurado.
Es precisamente en este marco donde se inserta la cobertura TREC, en tanto, para determinadas actividades empresariales, resulta jurídicamente relevante que el seguro ampare los vehículos cuando circulan en zonas de obra, así como durante las operaciones de carga y descarga, supuestos que, de no estar expresamente contemplados, pueden quedar fuera del ámbito de cobertura del contrato.
¿Qué se entiende por TREC en seguros de flotas?
El seguro TREC, siglas que corresponden al Seguro Todo Riesgo de Equipo de Contratistas, tiene por finalidad otorgar cobertura a las maquinarias y equipos que se encuentran en operación dentro de proyectos de construcción, ingeniería o minería, amparando los riesgos propios de su uso y funcionamiento en obra.
Si bien se trata de un seguro con un alcance más amplio y un objeto asegurado distinto al del seguro vehicular, en la práctica aseguradora resulta jurídicamente viable incorporar coberturas de naturaleza análoga dentro de una póliza de seguro vehicular para flotas, a fin de amparar los vehículos cuando estos circulan en zonas de obra, así como durante las operaciones de carga y descarga, supuestos que presentan una exposición al riesgo superior a la ordinaria.
En la medida en que dichas situaciones no se encuentran necesariamente cubiertas de forma automática en una póliza estándar de flotas, su inclusión debe realizarse de manera expresa y mediante negociación específica, ya sea a través de endosos, condiciones particulares o cláusulas especiales, con el objeto de evitar vacíos de cobertura y eventuales controversias al momento del siniestro.
¿Cuándo debe incluirse la cobertura TREC? Criterios jurídicos clave
Cuando el uso real del vehículo excede el uso declarado
Desde el punto de vista legal, si el uso efectivo del vehículo difiere o excede lo declarado en la propuesta, nos encontramos ante una incorrecta delimitación del riesgo, lo que habilita a la aseguradora a rechazar o limitar la cobertura.
En estos casos, la inclusión de la cobertura TREC es indispensable para:
- Ajustar la póliza a la realidad operativa
- Evitar controversias por agravación del riesgo no comunicada
Daños a terceros en el lugar de la obra
En caso de producirse un siniestro imputable al contratante que ocasione daños a un tercero dentro del área de la obra, dichos daños se encontrarán amparados por la cobertura correspondiente, conforme a los términos, condiciones y límites establecidos en la póliza.
Cuando la operación se desarrolla en zonas o rutas de riesgo elevado
Operaciones en zonas mineras, socavón, zonas no asfaltadas o áreas rurales modifican sustancialmente la exposición al riesgo.
Desde una lectura jurídica, no incluir la cobertura TREC en estos supuestos genera un vacío de cobertura, aun cuando la póliza aparente ser “todo riesgo”.
Cuando la flota es utilizada para actividades especializadas
Flotas destinadas a:
- Construcción
- Minería
- Energía
- Logística especializada
requieren un tratamiento contractual diferenciado, donde la cobertura TREC debe figurar como cláusula expresa o endoso específico.
Consecuencias legales de no incluir el TREC oportunamente
La omisión de la cobertura TREC cuando resulta aplicable puede derivar en:
- Rechazo del siniestro
- Reducción proporcional de la indemnización
- Aplicación de exclusiones contractuales
- Conflictos legales prolongados
- Pérdidas patrimoniales significativas
Desde el punto de vista jurídico, estas consecuencias no constituyen abuso por parte de la aseguradora, sino el ejercicio legítimo de los derechos contractuales pactados.
El corredor de seguros como asesor técnico en la inclusión de coberturas
La asesoría profesional especializada es clave. El corredor de seguros no solo intermedia, sino que:
- Identifica riesgos no evidentes
- Traduce la operación empresarial al lenguaje asegurador
- Negocia primas, cláusulas y endosos
- Reduce la probabilidad de controversias legales
En flotas empresariales, la ausencia de asesoría técnica suele ser el verdadero riesgo no asegurado.
Conclusión
La cobertura TREC debe incluirse cuando la realidad operativa de la flota así lo exige, no como un acto preventivo genérico, sino como una decisión jurídica informada.
Incluirlo a tiempo:
- Fortalece la validez del contrato
- Asegura la coherencia entre riesgo y cobertura
- Protege el patrimonio empresarial
- Evita litigios innecesarios
En seguros corporativos, la cobertura no se presume: se construye.
Antes de contratar o renovar una póliza de seguro vehicular para flotas, resulta indispensable revisar con detenimiento las coberturas otorgadas y los deducibles pactados.
Porque, en materia aseguradora, lo no estipulado hoy se convierte en la controversia de mañana.
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